Afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores de ISAGEN S.A. ESP, SINTRAISAGEN, ganan proceso de demanda ordinaria de retroactividad de las cesantías del cual son beneficiarios por hacer parte de la organización sindical y estar amparado dicho derecho en su Convención Colectiva de Trabajo. La demanda inició en el 2008 en el Juzgado 9 laboral de circuito de Medellín rad: 05001310500920080102700 y termina en la Corte Suprema de Justicia negando la casación interpuesta por ISAGEN y permitiendo devolver el proceso a segunda instancia; donde el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín había otorgado el derecho de liquidación de cesantías retroactivas.
Desde la Ley 50 de 1990, propuesta por el entonces senador, Álvaro Uribe, además del sistema tradicional que ya existía, introdujo un esquema en el cual las cesantías se liquidan de manera anualizada. A partir de ese momento, los trabajadores perdieron la retroactividad, que les permitía calcular las cesantías e intereses, multiplicando el último salario por el número de total de días que llevaban laborando en la compañía. La Convención Colectiva de Trabajo lograda por SINTRAISAGEN, le obliga a la empresa a no aplicar ley 50 de 1990 a sus afiliados sindicalizados y calcular las cesantías con el régimen anterior.
Sin embargo, ISAGEN no la aplicaba a los trabajadores vinculados después de 1998, aunque fueran miembros activos del sindicato. Treinta y ocho (38) trabajadores afiliados a SINTRAISAGEN después de 1998, con la asesoría legal de sindicato, demandaron y ganaron en primera, segunda instancia o en la CSJ.
“En derecho, la justicia nos dio la razón. La Convención Colectiva de Trabajo supera la ley y no había razón para no brindarle esta conquista los trabajadores afiliados al sindicato. Es una victoria que beneficiará a los trabajadores de nuestra organización” concluyó óscar Vallejo, presidente de SINTRAISAGEN, al tiempo remarco la importancia de pertenecer a un sindicato que luche por la defensa de sus derechos y el bienestar de sus afiliados.
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